CORRECCIÓN DE LAS DECLARACIONES POR LEY ANTI TRAMITES

Por Leonardo Largacha

El artículo 43 de la Ley 962 de 2005 otorga a los contribuyentes la posibilidad de solicitar la corrección de ciertos valores incluidos en sus declaraciones tributarias en cualquier tiempo, incluso después de que la declaración haya quedado en firme. Esta herramienta es excepcional dentro del sistema tributario colombiano, pues permite ajustar información cuando dichos valores afectan saldos a favor, anticipos, retenciones o autorretenciones, evitando así su pérdida definitiva por errores de registro o imputación.

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